La Dirección General del Sistema Penitenciario promueve y desarrolla programas y actividades de trabajo y estudio, intra muros y extra muros, en todos los centros penitenciarios del país, con el propósito fundamental de propiciar espacios de re inserción, donde las personas privadas de libertad tengan acceso a estos derechos y tener la oportunidad de aprender un oficio o culminar sus estudios, de manera que puedan incorporarse al medio libre como personas productivas en la sociedad.
En este sentido, nuestra normativa penitenciaria contemplada en la Ley 55 de 30 de julio de 2003 y el Decreto Ejecutivo 393 de 25 de Julio de 2005, establecen requisitos y procedimientos que las personas privadas de libertad deben cumplir, según sea el programa o actividad en que participará.
Las personas privadas de libertad que participan en estos programas, pueden ser beneficiadas con los incentivos que propone la Ley 55, en su artículo 90 y además podrán acreditar su tiempo de trabajo y/o estudio para reducir el tiempo de su condena, según lo dispuesto en el Código Penal adoptado por la Ley No. 14 de 18 de mayo de 2007, específicamente en el artículo 58.