El sistema penitenciario panameño es el conjunto organizado, funcional y estructurado de elementos normativos, técnicos y científicos que definen la naturaleza de los centros penitenciarios, cuyos objetivos principales son lograr la resocialización del privado o la privada de libertad sobre la base de un adecuado tratamiento penitenciario, el trabajo, la capacitación, la educación y la práctica de valores morales; mantener recluidas a las personas que se encuentran cumpliendo sanciones administrativas, de carácter penal y medidas de seguridad, garantizándoles el respeto de los derechos humanos; servir de custodia y seguridad de las personas sometidas a detención preventiva; brindar ayuda y labor asistencial a los privados o las privadas de libertad y a los liberados o liberadas, de modo que puedan reincorporarse útilmente a la sociedad, y ejecutar las sentencias emitidas por los tribunales de justicia y las resoluciones de las autoridades administrativas de policía.

El sistema penitenciario panameño se fundamenta en el artículo 28 de la Constitución Política de la República de Panamá; la Ley 55 de 2003, que lo reorganiza, y el Decreto Ejecutivo 393 de 25 de julio de 2005, que lo reglamenta.  La ley y el reglamento penitenciario son de reciente data, y fueron elaborados para ajustar el funcionamiento del sistema a las exigencias modernas en materia penitenciaria y criminológica, iniciando, con ellos, el período de modernización que pone a nuestro sistema penitenciario a la vanguardia de los sistemas penitenciarios de América Latina, y abre una nueva página en su historia.

Misión
Planificar, organizar, administrar, coordinar, supervisar y dirigir el funcionamiento de los diferentes tipos de centros penitenciarios existentes y por crearse en la república de Panamá, dentro del marco del respeto a los derechos humanos, los principios de seguridad, rehabilitación y defensa social, y la aplicación del los avances científicos en su gestión.
 
Visión
Ser una institución penitenciaria modelo, fundamentada en el apego al cumplimiento de las normas, el desarrollo del trabajo en equipo, la aplicación de principios científicos y tecnologías modernas en la gestión, la capacitación del personal, y el establecimiento de políticas penitenciarias claras, enmarcadas dentro del respeto a los derechos humanos, para ofrecer una atención integral satisfactoria a la población privada de libertad.

Objetivos del Sistema Penitenciario (Artículo 6 de la Ley 55 de 2003)

  1. Lograr la resocialización del privado o la privada de libertad sobre la base de un adecuado tratamiento penitenciario, el trabajo, la capacitación, la educación y la práctica de valores morales;
  2. Mantener recluidas a las personas que se encuentran cumpliendo sanciones administrativas, de carácter penal y medidas de seguridad, garantizándoles el respeto de los derechos humanos;
  3. Servir de custodia y seguridad de las personas sometidas a detención preventiva;
  4. Brindar ayuda y labor asistencial a los privados o las privadas de libertad y a los liberados o liberadas, de modo que puedan reincorporarse útilmente a la sociedad;
  5. Ejecutar las sentencias emitidas por los tribunales de justicia y las resoluciones de las autoridades administrativas de policía.