El Presidente de la República, Juan Carlos Varela Rodríguez, concedió mediante Decreto Ejecutivo N°618 del 7 de diciembre de 2015, libertades condicionales a 128 personas privadas de libertad, luego de cumplirse los requisitos establecidos en el artículo 122 del Código Penal y el artículo 99 del Decreto Ejecutivo 390, de julio de 2005, que reglamenta el Sistema Penitenciario.
En el listado de personas a las que se les otorga las libertades hay 46 mujeres privadas de libertad, que reciben este beneficio por parte del Presidente Varela, priorizando entre sus acciones la atención específica a este grupo vulnerable dentro del Sistema Penitenciario.
Para las autoridades de la Dirección General del Sistema Penitenciario esta medida significa darles a las personas privadas de libertad la oportunidad para reinsertarse a la sociedad en busca de nuevos horizontes que contribuyan a mejorar su calidad de vida y la de su familia.
En lo que va de esta administración este es el tercer listado de libertades condicionales emitidas mediante Decreto Presidencial.
De acuerdo a lo que establece el artículo 184 de la Constitución Política de la República de Panamá, es facultad del Presidente decretar indultos, rebajas de pena y conceder la libertad condicional.
Igualmente, el Ministerio de Gobierno dio cumplimiento a la Ley 31 de 28 de mayo 1998, de Protección a las Víctimas del Delito, haciendo del conocimiento público el listado de los privados de libertad, candidatos a recibir las libertades condicionales, publicando los nombres en dos diarios de la localidad durante 3 días consecutivos. Posteriormente, se habilitaron dos días para recibir, por escrito, objeciones por parte de las víctimas. Cabe señalar que no se presentaron oposiciones al listado de beneficiados a libertades condicionales ante el Sistema Penitenciario.
La libertad condicional es una medida de confianza que permite que la persona privada de libertad cumpla el resto de la pena en su domicilio, con opción para trabajar y estudiar. Sólo estará sujeto a controles de firma cada quince días y seguimientos por parte del equipo técnico de la Dirección General del Sistema Penitenciario.
Estas Libertades condicionales se hacen efectivas, a partir de su promulgación en Gaceta Oficial, N°27924 del 7 de diciembre de 2015.